D

Autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de ocho pasajeros además del conductor, dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Edad mínima: 24 años cumplidos.

El permiso de clase D sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase B.

La obtención del permiso de la clase D implica la concesión del de las clases D1.

El permiso de conducción de la clase D  tendrá un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.

PRUEBAS A REALIZAR:
EXAMEN MANTENIMIENTO MECANICA Y ESPECIFICO ( 20 PREGUNTAS – 2 FALLOS)
EXAMEN MANIOBRAS ( ESTACIONAMIENTO EN LINEA, “ L “ Y RAMPA)
EXAMEN CIRCULACION
NUEVA PRUEBA “PARADA DE AUTOBÚS”

D1:

Autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de no más de dieciséis pasajeros además del conductor y cuya longitud máxima no exceda de ocho metros, dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Edad mínima: 21 años cumplidos.

El permiso de clase D1 sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase B.

La obtención  del permiso de la clase D1 implica la concesión del de la clase BTP.

El permiso de conducción de la clase D1 tendrá un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.

D+E:

Autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.

Edad mínima: 24 años cumplidos.

Para la conducción profesional de los vehículos que autoriza a conducir el permiso de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, deberán cumplirse, además de los requisitos exigidos en este artículo, los establecidos en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

El permiso de la clase D+E sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase D.

La obtención del permiso de la clase D+E implica la concesión del de la clase B+E y D1+E

El permiso de conducción de la clase D+E tendrá un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.

D1+E:

Autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.

Edad mínima: 21 años cumplidos.

El permiso de la clase D1+E sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase D1 respectivamente.

La obtención del permiso de la clase D1+E implica la concesión del de la clase B+E.

El permiso de conducción de la clase D1+E tendrá un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.

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